viernes, 25 de junio de 2010

Hoja de Ruta - 1ªparte

El 21 de junio de 2010 he enviado al juzgado penal de guardia una denuncia donde consta la
increíble historia de cómo fui enviado a prisión, siendo inocente, por un incompetente accionar
policial, y luego condenado para beneficiar con una reducción de su condena a un narco que el
equipo policial dejaba escapar y que sólo yo posibilité capturar
El 21 de junio de 2010 he enviado desde la Cárcel de Castellón II al juzgado de guardia, una denuncia
penal por las irregularidades y presuntos delitos cometidos durante la instrucción de la causa donde fui
condenado a nueve años de prisión, siendo inocente.
Esta es la apretada síntesis de la verdad de la causa, según yo mismo la he desenterrado y desenredado
del sumario, de donde he tomado todas mis afirmaciones. Si, según se dice, lo que no está en el sumario, no
está en el mundo, todo un mundo, de increíble confusión, se despliega en este sumario.
Mi empresa había sido contratada para una operación legal de importación por cuenta de un tercero.
El titular de la empresa contratante, argentina, se presentó ante mí con su representante comercial en
España y en el contrato, además de las cláusulas específicas del acuerdo, se estipuló taxativamente que mi
empresa carecía de toda responsabilidad sobre el contenido de las cargas, la que se depositó sobre los
contratantes.
El contrato fue elaborado por un abogado de Valencia, quien en el acto de la firma verificó la
documentación aportada por las partes. Los contratantes presentaron la documentación legal que les requerí:
acta notarial de la creación de la empresa, poder del titular para contratar, certificación de la empresa en el
Registro Público de Comercio, un balance que certificaba que la misma venía operando y cotizando ante
Hacienda durante más de un año, y los pasaportes y DNI de las personas. Esta documentación se fotocopió y
entregó juegos de copias a las partes.
El contrato tiene toda la validez legal como ley entre las partes y como pruebas válidas ante los
tribunales que le otorgan a tales documentos la Ley de Enjuiciamiento Civil, el Código Civil y el Código de
Comercio.
En seis meses desde que se formalizó el contrato mi empresa recibió tres cargas que de inmediato fueron
enviadas al almacén Rey Soler, de Madrid, de donde las retiró Manuel Cabrero para ser entregadas al
comercial de la contratante, Antonio Hernández González.
La policía aduanera de Madrid sospechaba que la cuarta carga contenía cocaína y encargó al Equipo de
Delincuencia Organizada y Antidroga (EDOA) de Valencia, que realizara una entrega vigilada. El EDOA
llegó a la nave industrial de mi empresa con la carga, y quien semejaba ser el jefe me preguntó si esa carga
era mía. Le informé que no, que era una mercancía en tránsito que debía ser enviada a los almacenes Rey
Soler, de Madrid, con destino final a mi contratante, Hernández González, y le entregué toda la
documentación donde constaba el contrato que me ligaba a la contratante y los datos de las personas que
asumían la responsabilidad del contenido de las cargas.
El jefe del EDOA me reclamó los papeles comerciales de mi empresa y le señalé que, si se refería a mi
contabilidad, estaba en manos de mis contables. Vi que este agente intentaba incriminarme y le reclamé que
debía dejar seguir la carga hasta su destino final, ya que si no lo hacía estaría impidiéndome confirmar mi
versión, con lo cual me dejaba indefenso ante sus conjeturas infundadas. Además estaría interrumpiendo una
operación comercial amparada en documentos perfectamente legales, deteniendo a un inocente e impidiendo
la captura del verdadero culpable. Este individuo me respondió: "Tengo mis propios métodos de actuar". No
envió la carga en cuestión a Madrid, donde se desarrollaba el núcleo principal de la investigación, y tampoco
la fotocopia con las fotos de los DNI y pasaporte de los responsables legales de la carga. En cambio me
detuvo incomunicado y, buscando dar sustento a sus infundadas sospechas en mi contra, solicitó las pericias
de mi contabilidad y de los ordenadores de mi empresa y mi domicilio. De esta manera se apropió en
Valencia de un operativo originado en Madrid en el cual su papel era el de colaborar anónimamente.
En Madrid la policía ya había identificado a Jorge Francisco Alonso Álvarez como la persona que, bajo
la identidad ficticia de Manuel Cabrero, venía retirando de los almacenes Rey Soler unas cargas sospechadas
de contener cocaína que le llegaban por distintos medios legales, entre ellos mi empresa, pero carecía de
pruebas para detenerlo, y él mismo ignoraba que había sido detectado.
La oportunidad para capturar a Alonso, entonces, era el momento en que éste retirara la carga, o bien
identificarlo mediante documentos que probaran su relación con aquélla. Ambas posibilidades quedaron
frustradas en Madrid a causa de las decisiones del EDOA de Valencia de no enviar los documentos ni la carga a la
capital, obligando a radicar la causa en Valencia.
Madrid, frustrada la investigación y para evitar que Alonso escapara, envió a Valencia la fotocopia del
DNI de Manuel Cabrero y la foto de Alonso, tomadas ambas del archivo policial de imágenes, para que se
me exhibieran. Esto se produjo al segundo día de mi detención incomunicada, en momentos en que estaba en

2 comentarios:

Jose Roberto Pascual dijo...

Animo Roberto, al fin parece que te escuchan.
Sigue luchando.

Anónimo dijo...

¿y la jueza de vigilancia no te dice nada ?