jueves, 23 de diciembre de 2010

Levanta tu copa, amigo...


brindemos por la amistad,
que un trago muy preciado
que no a todos se nos da.
(Vox Dei)

Posted by Picasa

lunes, 20 de diciembre de 2010

... más peldaños (final)

Con esta serie concluye la recopilación de lo "actuado":

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XXI.DocDeLe%C3%B3n.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XXII.DocAlonso.pdf

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XXIII.D%C3%B3laresMensuales.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XXIV.EurosIniciales.pdf

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XXIVa.Dep%C3%B3sitoInicial.pdf

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XXIVb.ObradorFotos.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XXV.MiRecursoTS.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XXVI.eMailDeLe%C3%B3n.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XXVII.AtestadoMadrid%28bis%29.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XXVIII.AtestadoEDOA4-05.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XXIX.MiAporteDocEDOA.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XXX.FotoAlonsoMad-Val.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XXXI.PeritajeDNIAlonso.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XXXII.JzMadContraAlonsox3.zip


Una vez más, gracias por tu interés.

... y siguen los peldaños...

Sigo desgranando documentos...

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XI.AtestadoMadrid.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XIa.MiIdentMadrid.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XII.RecRefAlonso.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XIII.ApelAlonsoJzInst.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XIV.AlonsoImpugPruebas.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XV.AntecedentesPenales.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XVI.DenegadalibAlonso.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XVII.MiDeclEDOA.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XVIII.CreacArgensur.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XIX.InscrArgensur.pdf

http://dl.dropbox.com/u/5628958/XX.BalanceArgensur.zip


El procedimiento de descarga, el de siempre.

Gracias por tu interés.

sábado, 18 de diciembre de 2010

Peldaño a peldaño...

Comienzo el desglose de los documentos:

http://dl.dropbox.com/u/5628958/I.Sentencia%20Aud.Prov.Valencia.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/II.Peritaje%20Inform%C3%A1t.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/III.An%C3%A1lisisContab.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/IV.Petici%C3%B3nFiscal.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/V.DeclJuzInst.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/VI.SentenciaTS.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/VII.DeclarAlonso5-05.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/VIII.RegDomAlonso.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/IX.Contrato.zip

http://dl.dropbox.com/u/5628958/X.RecAlonsoTS.zip


Y esto es to-to-todo por hoy (tampoco quiero abrumar a nadie ;-D)

Un abrazo.

A modo de peldaños...

Aquí os presento y pongo a vuestra disposición toda la documentación concerniente al caso que he podido reunir.
En algunos casos queda patente la precariedad de los medios empleados, pero la aspiración sigue siendo la misma... que logren arrojar luz sobre este laberinto dantesco.

En un solo "paquete" (comprendo, y comprendan, bastante pesado):

http://dl.dropbox.com/u/5628958/%20%20TotalDocumentos.zip

El procedimiento, el mismo... copiar el enlace y pegarlo en otra pestaña o ventana del navegador... y esperar (son casi 30 megas).

De todos modos, en sucesivas entradas los iré desglosando uno por uno... pero me llevará algo de tiempo.

Gracias, como siempre, por la atención, y la misma promesa de siempre... no claudicaré.

Un abrazo.

viernes, 26 de noviembre de 2010

Puntualizaciones pertinentes en mi Defensa-Denuncia

Sigo desmadejando este kafkiano enredo, en la medida en que las evidentes limitaciones de tiempos y oportunidad me lo permiten.
La manipulación evidente de lo que considero pueden constituir nuevas pruebas para el sumario (caprichosa interpretación del contrato, contradictoria estimación de la foto y arbitraria interpretación de peritajes) me ha llevado a modificar algunos enfoques de mi escrito, en el desesperado intento que mantengo por arrojar luz y, sobre todo, justicia a una causa que las merece.

El enlace es este:

http://dl.dropbox.com/u/5628958/Defensa-Denuncia.pdf

(Copiar el enlace y pegar como dirección en una nueva pestaña o ventana.)

Esta misma semana han sido despachadas, con las pertinentes correcciones al Tribunal Supremo, a la Audiencia Nacional y a la Fiscalía Anticorrupción.

Por otra parte, en cuanto a la copia que envié como denuncia al Juzgado Penal de guardia el 21 de Junio pasado, aún no tengo respuesta acerca de en qué Juzgado recayó...

La plegaria sigue siendo la misma... ¡Que se haga justicia!

domingo, 24 de octubre de 2010

Incalificable... ¿o sí?

En un alarde de magnanimidad, se me protege de mi propia correspondencia privada, no sea que el mundo me contamine.

sábado, 16 de octubre de 2010

miércoles, 13 de octubre de 2010

Acceso a mi Defensa-Denuncia

Aquí os presento el extenso (y resumido) recorrido de mi calvario:

http://dl.dropbox.com/u/5628958/Defensa-Denuncia.pdf

(Copiar el enlace y pegar como dirección en una nueva pestaña o ventana.)


Es mi defensa y es mi denuncia... la justicia se hace esperar.


Gracias por vuestro interés.

viernes, 8 de octubre de 2010

El Estado conoce el daño que hace la injusticia

El 20 de noviembre de 2008 escuché por Radio 5 Todo Noticias, de Radio Nacional, un interesante reportaje al catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), Santiago Gómez Machado, donde, textualmente, manifestó que, en base a sus investigaciones, "los excesos discrecionales del instructor producen daño en la vida y bienes de las personas". Como la UCM es estatal, lo mismo que Radio 5, es obvio que el Estado confiesa conocer, en base a estudios realizados por sus profesores y difundidos por sus medios de difusión, que abundan los casos como el mío, donde "los excesos discrecionales del instructor" (es decir, en los cuales el instructor, policía o juez, hacen lo que les parece) llevan a la ruina existencial y económica a seres inocentes.
El 20 de marzo de 2009 me dirgí al Dr. Machado y a Radio 5 solicitándoles una reproducción completa de ese reportaje. Nunca me contestaron.
Acá están las copias de las notas que les envié.


Picassent, 20 de marzo de 2009

Sr. Profesor D. Santiago Gómez Machado
Universidad Complutense de Madrid

De mi consideración:
Desde mi celda en la Cárcel de Picassent he escuchado con sostenida atención sus palabras en el reportaje difundido por Radio Cinco Todo Noticias el 20 de noviembre último, ya que esoy injustamente condenado y preso desde mayo de 2005 por una serie de errores policiales que se convirtieron en judiciales y destruyeron mi vida, la de mi familia y mis bienes, dado que yo era un empresario que ahora todo lo ha perdido.
Estos errores coronaron en una utilización delictiva de ellos por un narcotraficante, quien, apresado gracias a mi colaboración con la justicia, aprovechó mi injusta cárcel para acusarme falsamente y sin pruebas de conocer el delito, logrando beneficiarse así con la aplicación del artículo 376 del Código Penal, figura del arrepentido.
Mientras escuchaba sus palabras he tenido la impresión de que estaba usted describiendo mi caso, sobre el cual no me extenderé para no sobreabundar, pero que, fundado en los errores discrecionales del instructor, se ha convertido, creo, en un caso paradigmático de los horrores a que puede conducir —y de hecho conduce— el sistema que usted describe y del que yo soy una víctima más.
Soy consciente de que parte de la culpa de mi actual condena se debe a una defensa insuficiente. Sin embargo no la culpo. Mis abogados actuaron adoleciendo de falta de confianza en el valor probatorio de las pruebas, una actitud que he descubierto es generalizada, ya que ha sido sustituida por el sistema invencible de los "indicios morales suficientes".
Molesto su atención porque sus opiniones, vertidas en ese reportaje, resultarían de gran valor en la elaboración de un libro que esoy a punto de concluir y una página web que está preparando mi esposa, donde se analizan la serie de errores cometidos en las instrucciones policiales, judiciales y en el juicio oral, que llevaron al error increíble de la justicia de aceptarle al delincuente el pacto de rebajarle de 13 a 7 la condena a cambio de condenarme a mí a 9 años.
También lo serán en el empeño que me he propuesto de invitar a la creación de una plataforma que propugne modificar la legislación que considero anticonstitucional de los artículos 741 de la LECrim y 385 y 386 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que son, a mi juicio, el origen de las prácticas que, según sus acertadas definiciones, habilitan "los excesos discrecionales del instructor que destruyen la vida y bienes de las personas".
El objeto de ésta es rogarle me haga llegar cualquier trabajo que usted tenga elaborado sobre el tema de su reportaje, o bien una síntesis de sus razonamientos y conclusiones, de manera que pueda yo incluirlas en el libro, donde surge paso a paso la relación causa-efecto de esta legislación sobre el discrecional accionar policial y judicial. En principio me he tomado la libertad de citar en mi libro esa frase, la única que pude copiar textualmente y que es de dominio público, así como de pedir que su reportaje sea tomado como soporte de mis dichos.
Escuchar sus palabras fue un tremendo alivio para mí porque ellas confirmaban, por boca de un experto, que las conclusiones a que llegado al analizar mi causa son totalmente consistentes con los hechos que mi análisis, creo no equivocarme, saca a la luz.
Una respuesta suya sería de inestimable valor para mi lucha, que es la de muchos internos que he conocido en prisión, quienes han sido condenados siendo inocentes, que han sido sobre condenados o lo han sido sin pruebas suficientes.
También me gustaría conocer su opinión —a la que no citaré sin su autorización si Ud. me la envía— sobre las conclusiones a que he llegado. Los artículos de la LECrim y de la Ley de E. Civil que he citado más arriba son el origen de las prácticas que ponen en manos del instructor el poder discrecional. Y estas prácticas se ven avaladas en mi caso por la sentencia del Tribunal Supremo, que al confirmar mi condena señala textualmente:

"De todos es conocido cómo la prueba de indicios, indirecta, mediata, circunstancial, de inferencias, presunciones o de conjeturas, que de todas estas formas es llamada, tiene validez como prueba de cargo en el proceso penal, y por tanto ha de considerarse apta para contrarrestar la presunción de inocencia del artículo 24.2 de la CE. Así lo proclama el Tribunal Constitucional en sus dos primeras sentencias en la materia, las 174 y 175 de 1985", etcétera.

No soy hombre de leyes, sino, en este caso, un ciudadano que es víctima de ellas, y como tal no puedo comprender ni aceptar la idea de que la Constitución pueda ser contrarrestada, tanto menos por unas prácticas que derogan la presunción de inocencia y establecen la potestad de la presunción irredimible de culpa en manos del instructor y el juzgador.
Gracias por sus palabras, por el valor que ellas tuvieron para fortalecerme en mi lucha solitaria, y por la atención que pueda dispensarle a este pedido.

PD: Me he tomado la libertad de solicitar a Radio 5 una copia en cualquier soporte de su reportaje.




—————————



Picassent, 20 de marzo de 2009

Radio Cinco - Todo Noticias
Radio Nacional

De mi consideración:
Con fecha 20 de noviembre de 2008, aproximadamente a las 8,30 de la mañana, se difundió por esa emisora un reportaje al catedrático de Derecho Administrativo Santiago Gómez Machado, referido al funcionamiento de la instrucción en la Justicia Penal Española.
Estoy preso desde el 3 de mayo de 2005 por un delito que no cometí, con el agravante de que el verdadero delincuente, a quien la policía hubiera dejado escapar debido a un procedimiento por demás defectuoso, sólo pudo ser capturado por mi reconocimiento visual y por la documentación que aporté, donde constaba que esa persona había contratado los servicios de mi empresa, para una actividad ilegal, con una documentación falsa, aunque con su propia foto, elementos que contribuyeron a su identificación, captura y condena.
Sin embargo, debido a los errores y elementos que en su reportaje el Sr. Gómez Machado define como "excesos discrecionales del instructor que producen daño en la vida y bienes de las personas", el maleante aprovechó mi injusta detención y, llegado el momento del juicio oral, declaró falsamente que yo tenía conocimiento del ilícito y se benefició con una reducción de su pena de 13 a 7 años, mientras yo, inocente y la persona a quien debe su captura, fui condenado a nueve años, que estoy cumpliendo desde mayo de 2005.
El reportaje al catedrático sería de gran utilidad para el libro que estoy escribiendo donde intento desarmar este singular caso y creo poner a la luz las razones que llevan a la Justicia Penal a actuar de manera tan perjudicial, y esta es la razón de dirigirme a vosotros: solicitar una copia, en cualquier soporte posible, del reportaje a dicho catedrático.
He sido periodista en Argentina durante 30 años, en medios como la agencia oficial de noticias Télam (10 años), jefe de información general en el periódico especializado Ámbito Financiero, redactor de economía en el diario La Razón en sus ediciones matutina y vespertina bajo la dirección de Jacobo Timmerman, y trabajé en otros medios, y por ello conozco las dificultades que arrostrará cumplir mi pedido. Sin embargo, me veo en la necesidad de molestar su atención para realizarlo, ya que lo considero de trascendente importancia para mi narración.
Esperando que mi requerimiento sepa conmoverlo y despertar su atención, lo saluda atentamente,

José Roberto Pascual Mosconi

jueves, 7 de octubre de 2010

Libro viviente busca editor

Este es un libro viviente. Su presente y su final están abiertos a ser modificados por el eco que estas páginas despierten. ¿Cuáles son los escenarios abiertos? No pocos.
—El destino de mi propia vida y el futuro de mi familia.
¿Recuperaré la libertad y mi dignidad, mi vida, mi familia, un lugar donde vivir, las inversiones que he perdido por el mal funcionamiento de la justicia penal, podré mantener a mi familia y darle un futuro a mi hijo?
¿O saldré vencido, sin haber logrado doblegar a la injusticia, convencido yo de mi inocencia, pero sin haber logrado que la justicia me la reconozca; sin un céntimo para comprar pan, sin hogar ni un mísero lugar donde tirar mi huesos, envejecido, sin trabajo, sin futuro y sin pasado, y siendo una carga para la familia a la que debo el sostén?
—El funcionamiento de la justicia penal en España.
Me he propuesto convertir el injusto castigo que me han impuesto en una actividad cívica. La lucha por probar mi inocencia me ha llevado a interiorizarme del dramático estado de la justicia penal, donde, según las palabras del catedrático Santiago Gómez Machado, "los excesos del instructor afectan la vida y bienes de las personas". Esto es: que el irregular funcionamiento de la justicia, de todos conocido, destruye la vida y los bienes de gente inocente. Si mis argumentos son ciertos y convincentes, la plataforma que promuevo logrará adeptos suficientes y se hará inevitable una profunda modificación en el funcionamiento del sistema judicial.
—Pido una meditación del Tribunal Constitucional sobre dos sentencias.
Las sentencias 174 y 175 de 1985, que legitiman la abolición de los derechos constitucionales garantizados por el Art. 24 de la Constitución, deberían ser revisadas, restableciendo el alto Tribunal la plena vigencia de todas las garantías constitucionales.

No puedo dudar de mi inocencia, porque nadie mejor que yo puede dar fe de ella. Me queda por saber si mis argumentos soportarán duras pruebas, entre ellas:
—Demostrar que mi análisis sobre las dos sentencias es capaz de demostrar su validez.
—Soportar las críticas y ataques que me esperan de quienes se negarán a reconocer las verdades, atacarán las debilidades intentando impugnar la totalidad y se arrojarán sobre mí y sobre mi familia con mayor crueldad y saña de la que ya aplicó la injusticia para destruir nuestras vidas.
—Lograr la cantidad suficiente de personas que, leídos mi historia y mis argumentos, apoyen mi lucha.

Todas estas razones, y otras que seguramente se me escapan, forman parte de esta historia abierta, de este libro de final abierto, de las vidas con final abierto de mi familia y mía.
Este es el libro que busca editor.
Incluirá las páginas escritas en este lugar web, un CD con el sumario de mi causa, un DVD con el desarrollo del juicio oral y otros escritos.
El texto incluye reflexiones sobre mi vida en la cárcel, sobre cómo mi vida se fue deshaciendo en la prisión, dejando yo de ser la persona que era, con un destino perfectamente establecido y feliz de él, para comenzar a ser solamente un presidiario veterano que ha perdido todo lo que antes le daba sentido a su vida y se ha creado un nuevo destino, el de luchar por su honor y por el establecimiento de una mejor justicia en España, así como detalles de la tremenda lucha de mi mujer por salir adelante en soledad.
Dado que mi injusta cárcel me ha dejado sin bienes y sin trabajo, solicitaré un adelanto para mejorar la situación de mi familia.
Esta página web debería considerarse con copyright, y por ello no ser reproducida con fines comerciales.

Por qué valdrá la pena seguirme

Porque esta es la historia todavía irresuelta de una injusticia que pone al descubierto cómo funciona en realidad la Administración de Justicia en España.
Es la descripción de cómo la Administración de Justicia, transgrediendo leyes, llegó a un pacto contra natura con un delincuente para condenar a un inocente. De cómo los funcionarios públicos de la Guardia Civiel y la Fiscalía cometieron unos curiosísimos "errores" que siempre le facilitaban la fuga al delincuente, que a cada paso no podía escapar porque mi reconocimiento y mis actos correctos se lo impedían, y más, mucho más. Todo expuesto en síntesis en las tres entradas que he dado en llamar "Hoja de Ruta".
La Hoja de Ruta es una apretada síntesis de esta vergonzante causa, tal como he podido desenterrarla del sumario. La iré explicando de a poco, en la medida en que pueda, desde mi celda número 53 de la cárcel de Castellón II. Les iré conduciendo por el sendero de mi "Denuncia-Defensa", que he presentado como denuncia penal, acompañada con todos los documentos del sumario, que prueban mis dichos. Será para todos una aventura detectivesca que nada tiene que envidiarle al Tomo 3 de la saga de Stieg Larsson, "La reina en el palacio de las corrientes de aire", con la diferencia de que esta historia es toda verdadera.
Les invito a que me acompañen en esta aventura, que es la gran aventura de mi vida, porque de su resultado final dependerá cómo terminen mi vida y las de quienes fueron los míos, la esposa y el hijo que me arrebataron el 3 de mayo de 2005, arrojándolos a ellos a la miseria, la soledad y el desamparo, y a mí a la cárcel, desde donde estoy dando la batalla hace ya 5 años.
Y mi historia ya no puede terminar bien, porque esa familia ya no existe. Mi vida y la de mi familia, como la habíamos construido y merecíamos vivirla, ya no existen. Ahora somos dos grupos distintos: mi mujer y mi hijo, que vienen sufriendo y luchando solos, sin mi protección y, para mi dolor, en Argentina, y yo, solo en las cárceles de España.
Si la injusticia vence, será una derrota para la justicia, para nosotros tres y para todos los españoles. Por eso vale la pena que me acompañen. Porque vosotros sois, ahora, LA OPINIÓN PÚBLICA. Vosotros sois la garantía de que el corporativismo judicial no vencerá, y que sí lo hará la justicia. Vosotros sois ahora tan protagonistas como yo en esta batalla.
En la medida en que mis argumentos y mis pruebas puedan convenceros de que digo la verdad, y forméis una multitud, mi causa no podrá ser silenciada.
Si me acompañáis, si puedo demostrar con pruebas que todas las acusaciones que formulo no son el fruto de una mente descabellada sino los hechos reales tal como los relata el sumario, entonces venceremos todos.
Y como esta historia es la historia de un escándalo monumental que ensucia a la Administración de Justicia, si logramos que venza la justicia y revise sus métodos de acción, toda España saldrá vencedora. Y, les aseguro, será una victoria más grande que la del Mundial.
Los invito a acompañarme en esta aventura, en esta lucha que no es sólo mía. Es la de todos los españoles, porque cualquiera de ustedes puede caer víctima de esta Máquina de Condenar que es la injusticia.
Por favor, opinen en este blog. Pregunten, sáquense todas las dudas conmigo. Actúen como jueces, como fiscales, como defensores. Sean crueles conmigo, pónganme a prueba.
Y si les parece que esta lucha vale la pena, convoquen a todos sus amigos y conocidos a que visiten esta página y continúen conmigo esta lucha por mejorar la justicia.
Y hago extensiva esta invitación a mis compatriotas argentinos, porque esta es la causa de uno que se fue del país que ama, escapando al corralito, de los políticos incompetentes y de la miseria, para condenar a los suyos a una desgracia mayor que aquella de la que quiso ponerlos a salvo.
A quienes me sigan, gracias. Creo que haremos historia.

Roberto Pascual, hoy



Foto de Roberto tomada en la Biblioteca Central de la Cárcel de Castellón II, donde se desempeña como ordenanza, y que fuera publicada en la Revista de la Escuela del Centro Penitenciario Albocácer.

Cómo y cuándo pedí indulto

EXCELENTÍSIMO SR. MINISTRO DE JUSTICIA

D/ JOSÉ ROBERTO PASCUAL MOSCONI, con pasaporte 07.813.435 - M, actualmente interno en el Centro Penitenciario Catellón II, por derecho propio ante Vuestra Excelencia comparezco y como mejor proceda en derecho

DIGO

Que por medio del presente escrito y al amparo de la Ley sobre indulto de 18 de junio de 1870, la Ley 1/1988 de 14 de enero y 22 de abril de 1938, vengo a solicitar de Su Majestad, el Rey D. JUAN CARLOS I, por mediación de Vuestra Excelencia, la concesión de indulto, según las siguientes

ALEGACIONES

PRIMERA.- Porque en esta causa soy inocente y he sido condenado a una pena de NUEVE años de prisión, dos años superior al delincuente que, aprovechando errores de la invetigación y la instrucción que me mantuvieron en prisión durante dos años, hasta la realización del juicio oral, acordó con la representante del Ministerio Fiscal acusarme falsa y calumniosamente de ser conocedor de su delito para así beneficiarse dolosamente con una reducción de su petición fiscal de los originales TRECE años a solamente SIETE, a costa de mi condena.
Este pacto doloso le fue aceptado por el M˚ Fiscal, pero los jueces de la Audiencia Provincial N˚ 4 de Valencia, percibidos de que el delincuente había sido capturado sólo por mi reconocimiento de su falsa identidad y por documentos que aporté, y a la vista asimismo de que el verdadero culpable no cumplía con los requisitos que para tal beneficio establece el artículo 376 del C.P., por su tenaz negativa a confesar su falsa identidad y su delito durante toda la etapa de instrucción, intentos que sólo desbarataban mi reconocimiento y mis pruebas, la Audiencia Provincial, digo, decidió no rebajarle la pena a los SIETE años solicitados por la Fiscalía, sino sólo a DIEZ años.
Mientras que a mí, que desde el primer momento colaboré para desbaratar el delito y para quien la fiscalía mantenía su petición de TRECE años, apoyando su acusación en cuatro pruebas cuyo sentido fue inpunemente adulterado, según consta de la correcta lectura del sumario, y de la calumniosa mentira del verdadero delincuente, que era el eje del pacto para rebajarle la condena, a despecho de las pruebas y testigos que presenté en contrario, y que por ello reclamaba la libertad sin cargos, la Audiencia Provincial descarta la petición de TRECE años y me condena NUEVE años, es decir, un año menos que el verdadero delincuente.
Lo hace señalando que se cometería conmigo un agravio comparativo, a la luz de que el delincuente no sólo no cumplía los requisitos que impone el artículo 376, de colaborar y ayudar desde el principio de la investigación a impedir el delito, sino que además en todo momento intentó obstruir la acción de la justicia, y que así y todo recibiría una condena de 7, frente a mí, que habiendo colaborado de manera imprescindible, sería condenado a 13 años.
De manera que, sintetizando, la Audiencia falla rebajar la petición del culpable, de 13 a 10 años, y a mí, que solicitaba la libertad sin cargos frente a los 13 que solicitaba la fiscalía, me impone una de 9 años.
Ambos condenados recurrimos al Tribunal Supremo. El delincuente argumentando que los jueces no pueden, según sentencia del Tribunal Constitucional, modificar los términos de un pacto al que hayan arribado la fiscalía y el letrado del culpable. El Tribunal Supremo acepta rebajar la del delincuente a los SIETE años del pacto.
Yo, en cambio, recurrí en casación aportando pruebas de mi inocencia, principalmente la interpretación de una foto que demostraba que el delincuente me había inducido a engaño mediante documentación falsa, foto que el señor fiscal de la petición afirmó erróneamente en su petición que "no era" de dicho delincuente. El Tribunal Supremo reconoce en su sentencia que la foto sí es del delincuente, lo cual es prueba de su delito y de mi inocencia, pero recurre el alto tribunal a las restantes pruebas, dos adulteradas por el equipo policial y una por el fiscal de la petición, cuyo significado mi letrada no pidió revisar, para reafirmar mi condena a NUEVE años.
Como resultado de esta serie de injusticias y delitos perpetrados durante la causa, viene a resultar que el delincuente capturado por mi colaboración es condenado a una pena menor que la mía, el inocente que permitió su captura.
Sin pretender que V.E. actúe como cámara revisora de las sentencias, sí pretendo que se expida en sentido de la voluntad de la Audiencia Provincial, beneficiándome con un indulto que podrá ser total o parcial, y en este último caso, que me ponga al menos por debajo de la condena del culpable.

SEGUNDA.- Que antes de esta condena carezco de antecedentes delictivos, como se prueba en el Documento 1, remitido por la Policía Federal Argentina a petición de las autoridades españolas.

TERCERA.- Que cuento en la actualidad con 66 años, con una esposa y un hijo de diez años hoy en día, los que fueron arrojados a la mayor miseria por esta injusticia, al privárseles de la persona que proveía honestamente el sustento familiar, y debieron retornar a la Argentina, donde hoy subsisten merced a la caridad familiar.

CUARTA.- Que en los casi 5 años que llevo en prisión siempre me he desempeñado en destinos laborales: 4 años en la lavandería de Picassent, y actualmente como ordenanza en la bibioteca central de este establecimiento penitenciario, a la vez que como responsable de la edición de la revista del módulo 1, "Día a Día en Albocácer".

QUINTA.- Que en los casi 5 años de prisión no he sido sancionado y he merecido en cambio las notas meritorias que derivan de mi desempeño.

SEXTA.- Adjunto como
Documento 1, certificado de antecedentes delictivos del delincuente JORGE FRANCISCO ALONSO ÁLVAREZ, y míos de no tenerlos.
Documento 2, sentencia de la Audiencia Provincial N˚ 4 de Valencia, donde consta la voluntad de los juzgadores de imponerme una condena menor a la del delincuente.
Documento 3, sentencia del Tribunal Supremo rebajando la condena del delincuente de 13 a 7 años y confirmando la mía en 9, dos más que aquél.
Documento 4, certificación de mis desempeños en Picassent.
Documento 5, certificado de mis desempeños en Castellón II.

En su virtud,
Suplico a V.E. se tenga por presentado este escrito, se tengan por presentados los documentos que acompaño, y se sirva analizar la posibilidad de concederme el indulto solicitado.

En Castellón II, a 22 de abril de 2010

domingo, 11 de julio de 2010

CARTA ABIERTA DE UN CIUDADANO INOCENTE

CARTA ABIERTA
DE UN CIUDADANO INOCENTE A LOS PODERES PÚBLICOS Y A LOS CIUDADANOS DE ESPAÑA

Señor presidente del Gobierno de España. Don José Luis Rodríguez Zapatero
Señor Ministro de Justicia, don Francisco Caamaño
Ciudadanos de España

El 21 de junio último he enviado, desde mi prisión de Castellón II, al Juzgado Penal de guardia, una denuncia respecto
de las presuntas irregularidades que se han producido en la causa por la cual cumplo una injusta condena de 9
años.
Ahora, ante los poderes públicos y la ciudadanía de España denuncio, y me hago responsable penal de mis dichos,
que mi familia y yo hemos sido víctimas de un impune y obstinado afán prevaricador de la Administración de Justicia,
que en la causa por la cual estoy condenado ha actuado como un sistema organizado para la consumación de graves
delitos contra mi persona y contra el Estado de Derecho y el Orden Constitucional, llegando al extremo de pactar con un
delincuente concederle una reducción de su condena a cambio de que éste cometiera en sede judicial los delitos de calumnia
y secuestro, que le fueron útiles a la Administración de Justicia para ocultar sus previas actuaciones culposas.
Se ha llegado a esta increíble situación debido a la actitud de todo el personal estatal actuante, que a cada paso de la
investigación policial y la instrucción sumarial dejaba escapar el culpable y se ocupaba de incriminar a un inocente,
contrariando pruebas legales y hechos probados y haciendo gala de un absoluto desprecio por las obligaciones que la
ley impone, mientras dicho culpable veía a cada paso imposibilitada su libertad por el peso de mi identificación y de las
pruebas que generé y aporté de su delito.
En esta causa se ha llegado al extremo de que miembros de la Guardia Civil y un fiscal del Estado han cambiado el
sentido de cuatro pruebas, los primeros con resultado de ocultar sus errores, sin importarles por ello condenar aun inocente
y eximir de culpa y prisión a un narcotraficante, y el segundo con resultado de quitarle al culpable todas las pruebas
de su delito y convertirlas de eximentes en incriminantes, en mi caso.
En esta causa he sido asistido por abogados que actuaron abrumados bajo el peso de la obstinación irregular de los
agentes del Estado y de un acuerdo entre el abogado del delincuente y de la fiscal del juicio oral, quienes acordaron un
pacto contra natura para beneficiar al delincuente al precio de condenarme, siendo inocente.
En la rústica medida de mis precarios conocimientos legales, limitado por la falta de asistencia profesional y por mi
permanencia en la cárcel, he desvelado por mí mismo los errores de la investigación policial, he establecido el verdadero
curso de los hechos, los errores y presuntos delitos de falsificación documental perpetrados por los servidores públicos.
He buceado la legislación, para demostrar la validez legal de todos mis actos, que son el fundamento de mi inocencia;
he establecido cómo y por qué los actos de los agentes estatales abrieron la posibilidad de que el delincuente y su
letrado burlaran a la justicia en su propia sede, convirtiéndola a la vez en víctima y cómplice de sus delitos, y demuestro
que mi cárcel es en realidad un secuestro legal cometido entre la Administración de Justicia y el delincuente.
He volcado el resultado de mis investigaciones en lo que he llamado mi "Defensa-Denuncia" la que he enviado
como denuncia penal y consta en mi blcg. junto a los documento: tomados del sumario que confirman cada uno de mis
dichos. Este corpus es suficiente para establecer los alcances de los errores, las maniobras ilegales y mi inocencia.
Hago responsable al Estado español, ai delincuente y a quienes resulten sus colaboradores por tos daños morales y
materiales continuados que desde el ? de mayo de 2005 venimos sufriendo mi familia y yo. y reclamo el inmediato cese
y reparación de los mismos.
Como horrible corolario de estos actos mi familia ha sido arrancada de mi lado, desposeída de bienes y arrojada a
la mayor soledad, impotencia y miseria. Por todo lo que mi esposa sufre ahora hasta me parece mía cruel ironía su correcta
actuación al colaborar con la justicia para esclarecer un delito que agentes de la Guardia Civil, con incalificable
torpeza y mala fe. impedían esclarecer, favoreciendo la fuga del delincuente.
Como constan en el sumario las pruebas de mis gravísimas denuncias, reclamo que el Estado me designe un abogade
competente, disponga mi libertad y remedie con la mayor urgencia los aspectos más crueles del castigo que mi familia
viene sufriendo.
Solicito asimismo del Gobierno y la Justicia una acción ejecutiva que de inmediato se aboque a comprobar la veracidad
de mis dichos, ya que la gravedad de mis denuncias pone en entredicho la vigencia misma del Estado de Derecho.
Ante la emergencia de que se decida archivar o de cualquier forma no dar curso a mi denuncia, me he denunciado
por falsa denuncia, como último recurso para imponer una revisión objetiva de la causa.
José Roberto Pascual Mosconi
E.P. de Castellón II - Módulo 1
NIS 2005007758
En Castellón II. a de de 20 i 0
Mi Denuncia-Defensa en: http://joserobertopascualmosconi.blogspot.com

domingo, 27 de junio de 2010

MI HIJO Y YO (versos desde la prisión)

Un proyecto de nenito
en la panza de mamita
con su linda naricita
de perfil

Un bebito chiquitito
Azuloso,rechonchito
brillando en la balancita
tras nacer.

Un gatito traviesito
que se mueve rapidito
persiguiendo a la gatita
sin parar

Un chiquillo asustadito
da sus primeros pasitos
tras comerse la arenita
frente al mar

En el coche sentadito
con su papi,seriecito
aprendiendo su papel
de payasin

Escribiendo su cuentito
donde lindo principito
recupera un palacito
que voló

Son recuerdos muy bonitos
que me dejan tranquilito
cuando pienso que estoy lejos
de Julián.

CARTA DEL DEFENSOR DEL PUEBLO

viernes, 25 de junio de 2010

Hoja de Ruta - 3ªparte

Ambos recurrimos ante el Tribunal Supremo. El letrado de Alonso reclamando que se mantuviera la
reducción de su cliente a 7 años en base a la sentencia por la cual un juez no puede modificar un pacto entre
abogado y el fiscal. Mi letrada omitió recapitular sobre los incontables errores de la causa: el recto sentido
del contrato, que Alonso confesó haber firmado haciéndose responsable del contenido de la carga; no dij o
que Alonso era responsable de falsificación de documento, usurpación de personalidad, falso contrato y dolo;
no pidió revisar por peritos independiente los peritajes del ordenador de mi empresa y de mi contabilidad, a
los cuales la Guardia Civil les hacía decir lo contrario de lo que decían en realidad y que los hechos, mis
testigos y las pruebas que aporté y constaban en el sumario, descalificaban, y solicitó mi libre absolución
apoyando el reclamo en el hecho de que la foto de Alonso en el DNI era prueba de su afán de engañarme.
El alto tribunal hizo lugar al pedido del letrado de Alonso y le rebajó la condena a 7 años. En mi caso,
reconoció que "a simple vista la foto es de Alonso'', pero desconoció el valor probatorio de este elemento en
la trama y se apoyó en la reinterpretación de los peritajes de la Guardia Civil para confirmar mi condena a 9
años.
Así, el inocente que corrigió y resolvió con su identificación y aportes documentales los errores y
chapuzas que a cada paso dejaban escapar al verdadero culpable y creaban las condiciones para la dolosa
reducción de su pena, resultó condenado a 2 años más de prisión que el delincuente que, aprovechando estos
desaguisados, se burló de la justicia en su propia sede y la hizo cómplice de su delito.
Las razones que hicieron posible esta maniobra radican en un calamitoso funcionamiento de la
Administración de Justicia en este caso: La Guardia Civil adulteró el sentido de las dos pruebas que
demostraban su error de acusarme falsamente y las convirtió en inculpatorias en mí contra. Lo mismo hizo el
fiscal de la petición con el contrato y la foto, que acusaban al delincuente y que él interpretó erróneamente y
arrojó en mi contra. La fiscal aceptó y vehiculizó sin hesitar este pacto contra natura y en juicio oral enfiló
contra mí toda acusación y orientó con toda evidencia la declaración de Alonso en mi contra. En la redacción
de la sentencia se dio tres sentidos excluyentes al contrato: que no tiene objeto, que es prueba contra Alonso
y... que es prueba en mi contra. El verdadero sentido de las cuatro pruebas consta, como todo lo que afirmo,
en la recta lectura del sumario, cuando se la realiza en base a los hechos y las leyes. Desde el principio de la
causa todos los funcionarios, policiales y judiciales, se empeñaron objetivamente en beneficiar a Alonso y en
incriminarme a mí, en ambos casos de manera probadamente errónea. Nadie respetó las leyes ni la
Constitución.
Esta historia sienta en el banquillo a la Administración de Justicia y constituye una verdadera mancha
para ella.
Es, además, la historia de cómo fueron destruidas mi familia, nuestras vidas y bienes, de manera
irreparable, hace ya más de cinco años, la mitad de la siempre creciente tortura que aún nos aguarda.
El 21 de mayo de 2010, después de cinco años de dura lucha, la Defensoría del Pueblo parece haber
escuchado mis reclamos/
' Tai vez algo de todo esto sea el principio del fin
de nuestro martirio y la Justicia finalmente se imponga.
José Roberto Pascual Mosconi
Establecimiento Penitenciario Castellón II - Módulo 1
NIS 2005007758
Sentencias 37/07 de la Audiencia Provincial Sección Cuarta, Valencia, Rollo N° 79/06, Sumario N° 8/05,
Juzgado de Instrucción N° 3 de Quartz de Poblete, confirmada por Fallo 97/05/2008 del Tribunal Supremo y
por sentencia 5574/2008 del Tribunal Constitucional,
El delincuente beneficiado, Jorge Francisco Alonso Alvarez, había sido condenado en la Argentina a 21 años
de prisión como cabecilla del mayor operativo antidrogas de su época, la "Operación Langostino",
consistente en la introducción de 654 kilos de cocaína que, provenientes de Colombia, tenían como destino
final España. Al ser detenido por esta causa estaba en libertad condicional, concedida en Argentina cuando
había cumplido siete años, un tercio de su condena. Estaría cumpliendo el último tramo de la condena
dolosamente reducida en Palencia o tal vez ya goce de beneficios penitenciarios o de libertad condicional.
La denuncia con el relato y las pruebas de estas irregularidades se encuentra en:
http://joserobertopascualmosconi. blogspot. com

Hoja de Ruta - 2ªparte

el juzgado de instrucción para ser interrogado. Allí declaré desconocer a Manuel Cabrero, a quien nunca
había visto, y reconocí en la foto siguiente a Antonio Hernández González, el comercial de la empresa
contratante responsable del contenido de las cargas. Esta resultaba ser una segunda identidad ficticia de
Alonso, que para Rey Soler era Cabrero y para mí Hernández González.
Mi identificación positiva se envió a Madrid y sólo gracias a ella Alonso fue detenido. Al ser interrogado
confesó que se había presentado en Valencia, en el estudio del abogado, portando el DNI falso con el cual firmó el
contrato que lo incriminaba. Luego se revisó su apartamento, donde se hallaron numerosos DNI falsos, entre
ellos aquél de Hernández González en el cual Alonso introdujo su propia foto con la finalidad dolosa de
engañarme, así como una fotocopia de ese documento adulterado, que envió al abogado cuando éste
adelantaba la redacción del contrato.
En el momento en que reconocí a Alonso como mi contratante fue aún más evidente, si cabe, la legalidad
de mis actos. Es más. Resulta evidente que sin mi identificación y sin la documentación que aporté Alonso
no habría sido identificado, relacionado con la carga ni capturado. La demostración es muy sencilla: sin mi
reconocimiento y sin el contrato que relaciona a Hernández con Alonso y a éste con la carga, se carecería de
toda prueba contra Alonso. Y esto debido al incompetente y antiprofesional accionar del EDOA.
Sin embargo, ambos quedamos en prisión preventiva dos años, a la espera de juicio. Yo sometido a la
inversión de la carga de la prueba por la falsa acusación del EDOA y Alonso acusado por mi identificación y
los documentos que yo creé y aporté.
Durante la instrucción el fiscal pidió 13 años para cada uno de nosotros. A mí me halló culpable porque,
según su petición, el contrato que demuestra la relación de Alonso con la carga viene a tener la finalidad
exactamente contraria de '"dar una apariencia de legalidad al ilícito". Insólita reinterpretación de la realidad
que, en la misma línea de significativos errores, lo lleva a afirmar que la foto de Alonso en el DNI del
contrato "no es de Alonso". Continuó esta serie de errores afirmando, sin que conste en qué pericia o
razonamiento se basaba, que "no consta" que Alonso haya falsificado ese DNI —pero claro, tampoco consta
la contrario—, y finalmente no dejó constancia de cuáles eran las pruebas que determinaban la culpabilidad de
Alonso, de manera que, según esta insólita petición, Alonso fue eximido de todas las pruebas en su contra,
excepto mi identificación.
En cambio, al afirmar que el contrato tiene como improbable finalidad "dar apariencia de legalidad al
ilícito", invirtió su sentido inculpatorio contra Alonso y lo volvió en mi contra. Lo mismo sucedió con la
reinterpretación de la foto en el DNI del contrato. Ahora bien, si el contrato es "para dar apariencia de
legalidad (¿de qué manera?) al ilícito", y la foto "no es de Alonso", ¿cuáles son las pruebas contra Alonso?
¿Por qué Alonso confesó haber firmado en Valencia ese contrato "de prestación de servicios"?
Llegado el momento del juicio oral, mi abogado, evidentemente sin haber elucidado la verdad de los
hechos del sumario y sólo preocupado por defenderme de la inversión de la carga de la prueba, presenta
pruebas y testigos destinados a desarmar la falsa acusación del EDOA defendiendo la existencia legal de mi
empresa y justificando todos mis ingresos pecuniarios.
El abogado de Alonso, dado que la carga no había llegado a manos de su defendido y sólo lo acusaban
mi identificación y los documentos por mí aportados, había basado su estrategia durante la instrucción en
pedir la anulación de mi reconocimiento y mis pruebas, y en consecuencia solicitaba la libre absolución por
falta de pruebas. Esta estrategia no le fue aceptada y, llegado el momento del juicio oral, su defendido
inevitablemente era candidato a la condena de 13 años. Se produce entonces un giro en la estrategia, que
pasa a ser la de aprovechar mi detención para que Alonso me acuse de ser conocedor de su delito y lograr
una significativa reducción de su condena. Al precio, claro, de convertir mi inocencia en culpa y mi papel
como su captor en víctima de su maniobra. Una dulce venganza.
Esta maniobra se lleva a cabo mediante el artificio de proponer al Ministerio Fiscal un pacto por el cual
Alonso me acusaría —justo a mí, su captor— para beneficiarse con una reducción de su pena al amparo del
Art. 376 CP, figura del arrepentido.
La fiscal presenta el pacto contra natura al tribunal, defendiendo al delincuente y acusándome
frontalmente, y rebaja la petición de Alonso de 13 a sólo 7 años de prisión por su "colaboración". A la vez
mantiene 13 de petición para mí. El tribunal acepta este pacto de base dolosa, pero en la sentencia sube la
petición de Alonso a 10 años porque, según dice la sentencia, él no merecía la reducción, en tanto desde el
principio no había colaborado con la investigación y, por el contrario, siempre había negado su participación en el
hecho y tratado de enredar la causa. Reconoce asimismo el tribunal que la "denuncia" de Alonso contra mi
persona obedecía al propósito de que le redujeran la pena. A la vez el tribunal redujo mi petición fiscal de 13
a 9 años de condena, uno menos que a él, porque señaló que sería un agravio comparativo que yo tuviera una
condena mayor cuando, desde el principio, "había colaborado ampliamente".

Hoja de Ruta - 1ªparte

El 21 de junio de 2010 he enviado al juzgado penal de guardia una denuncia donde consta la
increíble historia de cómo fui enviado a prisión, siendo inocente, por un incompetente accionar
policial, y luego condenado para beneficiar con una reducción de su condena a un narco que el
equipo policial dejaba escapar y que sólo yo posibilité capturar
El 21 de junio de 2010 he enviado desde la Cárcel de Castellón II al juzgado de guardia, una denuncia
penal por las irregularidades y presuntos delitos cometidos durante la instrucción de la causa donde fui
condenado a nueve años de prisión, siendo inocente.
Esta es la apretada síntesis de la verdad de la causa, según yo mismo la he desenterrado y desenredado
del sumario, de donde he tomado todas mis afirmaciones. Si, según se dice, lo que no está en el sumario, no
está en el mundo, todo un mundo, de increíble confusión, se despliega en este sumario.
Mi empresa había sido contratada para una operación legal de importación por cuenta de un tercero.
El titular de la empresa contratante, argentina, se presentó ante mí con su representante comercial en
España y en el contrato, además de las cláusulas específicas del acuerdo, se estipuló taxativamente que mi
empresa carecía de toda responsabilidad sobre el contenido de las cargas, la que se depositó sobre los
contratantes.
El contrato fue elaborado por un abogado de Valencia, quien en el acto de la firma verificó la
documentación aportada por las partes. Los contratantes presentaron la documentación legal que les requerí:
acta notarial de la creación de la empresa, poder del titular para contratar, certificación de la empresa en el
Registro Público de Comercio, un balance que certificaba que la misma venía operando y cotizando ante
Hacienda durante más de un año, y los pasaportes y DNI de las personas. Esta documentación se fotocopió y
entregó juegos de copias a las partes.
El contrato tiene toda la validez legal como ley entre las partes y como pruebas válidas ante los
tribunales que le otorgan a tales documentos la Ley de Enjuiciamiento Civil, el Código Civil y el Código de
Comercio.
En seis meses desde que se formalizó el contrato mi empresa recibió tres cargas que de inmediato fueron
enviadas al almacén Rey Soler, de Madrid, de donde las retiró Manuel Cabrero para ser entregadas al
comercial de la contratante, Antonio Hernández González.
La policía aduanera de Madrid sospechaba que la cuarta carga contenía cocaína y encargó al Equipo de
Delincuencia Organizada y Antidroga (EDOA) de Valencia, que realizara una entrega vigilada. El EDOA
llegó a la nave industrial de mi empresa con la carga, y quien semejaba ser el jefe me preguntó si esa carga
era mía. Le informé que no, que era una mercancía en tránsito que debía ser enviada a los almacenes Rey
Soler, de Madrid, con destino final a mi contratante, Hernández González, y le entregué toda la
documentación donde constaba el contrato que me ligaba a la contratante y los datos de las personas que
asumían la responsabilidad del contenido de las cargas.
El jefe del EDOA me reclamó los papeles comerciales de mi empresa y le señalé que, si se refería a mi
contabilidad, estaba en manos de mis contables. Vi que este agente intentaba incriminarme y le reclamé que
debía dejar seguir la carga hasta su destino final, ya que si no lo hacía estaría impidiéndome confirmar mi
versión, con lo cual me dejaba indefenso ante sus conjeturas infundadas. Además estaría interrumpiendo una
operación comercial amparada en documentos perfectamente legales, deteniendo a un inocente e impidiendo
la captura del verdadero culpable. Este individuo me respondió: "Tengo mis propios métodos de actuar". No
envió la carga en cuestión a Madrid, donde se desarrollaba el núcleo principal de la investigación, y tampoco
la fotocopia con las fotos de los DNI y pasaporte de los responsables legales de la carga. En cambio me
detuvo incomunicado y, buscando dar sustento a sus infundadas sospechas en mi contra, solicitó las pericias
de mi contabilidad y de los ordenadores de mi empresa y mi domicilio. De esta manera se apropió en
Valencia de un operativo originado en Madrid en el cual su papel era el de colaborar anónimamente.
En Madrid la policía ya había identificado a Jorge Francisco Alonso Álvarez como la persona que, bajo
la identidad ficticia de Manuel Cabrero, venía retirando de los almacenes Rey Soler unas cargas sospechadas
de contener cocaína que le llegaban por distintos medios legales, entre ellos mi empresa, pero carecía de
pruebas para detenerlo, y él mismo ignoraba que había sido detectado.
La oportunidad para capturar a Alonso, entonces, era el momento en que éste retirara la carga, o bien
identificarlo mediante documentos que probaran su relación con aquélla. Ambas posibilidades quedaron
frustradas en Madrid a causa de las decisiones del EDOA de Valencia de no enviar los documentos ni la carga a la
capital, obligando a radicar la causa en Valencia.
Madrid, frustrada la investigación y para evitar que Alonso escapara, envió a Valencia la fotocopia del
DNI de Manuel Cabrero y la foto de Alonso, tomadas ambas del archivo policial de imágenes, para que se
me exhibieran. Esto se produjo al segundo día de mi detención incomunicada, en momentos en que estaba en

domingo, 23 de mayo de 2010

Cómo el narco argentino estafó a la Justicia española

Jorge Francisco Alonso Alvarez, condenado a 21 años de prisión en Argentina y en libertad condicional por los delitos de trafico de drogas y falsificación de documentos, tras ser capturado en Madrid como responsable de introducir una carga de 25 kgs. de cocaína, logró aprovechar serios errores policiales y judiciales para estafar a la justicia, logrando que le redujeran la condena y que condenaran al empresario que fué determinante en su captura.
El delincuente, luego que el cuerpo del EDOA de la Guardia Civil de Valencia lo dejara escapar y fuera capturado gracias al reconocimiento y la documentación aportada por el empresario, llegado el momento del juicio oral estafó a la justicia en plena sede judicial, con una audaz maniobra que le permitió canjear un perdón de 6 años en su condena a cambio de la cabeza de su captor.
"Estas maniobras solo fueron posibles porque el calamitoso funcionamiento de la Administración de Justicia le creó las condiciones idoneas para ello,recapacitó Jose Roberto Pascual Mosconi, el empresario inocente condenado.
Pascual agregó que la policia adulteró la interpretación de dos pruebas que demostraban su inocencia, para evitar que se descubriera el error policial de enviarlo a la cárcel por el mismo delito que había contribuido a resolver, y que el Fiscal de la petición hizo lo propio con otras dos pruebas que acusaban al narcotraficante "alonso" y las convirtió en acusadoras contra el captor.
"Este es un escandalo que ensombrece a la Justicia y que ha destruido mi vida y mi familia" continuó Pascual, quien señala que "he debido descubrir esta trama increíble yo mismo, buceando en el sumario, donde constan todas las acusaciones que estoy denunciando ante la Justicia Penal."
El empresario que asegura haber estado pésimamente defendido, escribió un alegato que llamó "Defensa-denuncia"y que está enviado a los distintos cuerpos judiciales denunciando la ilegalidad de su detención, la maniobra de Alonso y la adulteración de las pruebas entre otras anormalidades.
"Todo consta en el sumario", aseguró Pascual.
En la causa por la que fué capturado Alonso y falsamente acusado Pascual denominada "Operación Lámpara", recayeron sobre Alonso y sobre él sendos pedidos de condena de 13 años, pero Alonso aprovechando los citados errores policiales y judiciales que mantienen preso al empresario, pactó con la Fiscalía que acusaría a su captor de ser conocedor del delito para que así le redujeran la condena a tan solo 7 años,mientras Pascual fué condenado a 9.
En España parece que a nadie le interesan los reclamos de un inocente.
Por dos veces Pascual ha presentado reclamos judiciales para que revisaran las pruebas, en la segunda en la cual se presentaba a su vez una querella contra Alonso por la falsificación de las pruebas, esta fué remitida al mismo Fiscal que las falsificó; quien denegó la posibilidad del recurso argumentando que la misma causa no puede ser juzgada 2 veces, lo cual es una afirmación falaz para ocultar su peculiar error.
La "defensa-denuncia" de Pascual ha sido recogida por la Asociación de Víctimas de la Indefensión Judicial y Penitenciaria, en su página web www.avijupe.com y Pascual intenta en vano actualmente, que algún letrado se interés por su causa.

jueves, 20 de mayo de 2010

Euros y familia, presos (*)

Desde que ingresé en prisión he desempeñado en trabajos remunerados la mayor parte del tiempo.Hasta que fui a juicio, mi mujer e hijo permanecieron en España y pude transferirles puntualmente mis magros salarios carcelarios, que ellos necesitaban imperiosamente para sobrevivir.
Dos años largos tardó en llegar el juicio, que esperábamos como el momento en que recuperaría mi libertad y volvería a tomar el control de lo que quedaba de mi empresa.Mi libertad no se produjo y mi familia,desvalida y empobrecida, debió regresar a Argentina, donde hasta hoy subsisten gracias a la infinita bondad y sacrificio de mi suegra.
Desde que ellos partieron no he podido enviarles ni un euro, por estas razones inverosímiles:
En mi anterior cárcel de Picassent les realicé una transferencia de cuenta corriente a cuenta corriente, que me fue devuelta a dos razones: que la cárcel, encargada de la gestión, coloca como remitente al propio establecimiento penitenciario, y en Argentina piden que el remitente sea una persona, y que no se había consignado la clave SWIFT.
Naturalmente los bancos me cobraron el envio y el retorno, tramites que me llevaron a perder el 10% de lo que intenté enviar.
Luego intenté un giro por Wenster Union, que me fué rechazado porque la fecha de mi pasaporte venció durante mi estancia en la cárcel.Solicité a una trabajadora Social que me gestionara la actualización ante el consulado Argentino, y de allí le informaron que ese trámite debía realizarlo yo en persona, en Barcelona ¡¡¡.Ya quisiera yo....¡¡¡
Así que aquí está el dinero que mi familia necesita, atrapado en esta burocracia kafkiana.

(*) Posteriormente, la prisión de Castellón me ha autorizado el giro.

miércoles, 19 de mayo de 2010

Mi Causa


Soy el inocente condenado

Yo,Jose Roberto Pascual Mosconi, argentino de 66 años, pasaporte 07813435-M, desde el 3 mayo de 2005 preso en las cárceles españolas, por un delito que no cometí, soy el único responsable de los contenidos de este blog.
Lo edito ejerciendo mis derechos a la legítima defensa y a la libertad de opinión, con los objetivos de:
1º.-Demostrar que la Administración de Justicia Española destruyó mi vida, familia y bienes solo en razón de su incompetencia prevaricadora, prejuiciosa, inquisitorial y hasta delicuencial.

2º.-Lograr que la verdadera justicia haga cesar el daño creciente que viene infligiendo y me devuelva la libertad y la vida, para reunirme con lo que quede de mi familia y nos compense por los daños causados.

3º.-Procurar cumplir con el sagrado deber paternal de ayudar a los míos, en este caso con lo único que me han dejado: la posibilidad de narrar y desnudar esta causa, historia que aquí ofrezco como el pordiosero en que me han convertido, sometiéndome a la voluntad de quien buenamente quiera y pueda ayudarme.

4º.-Lograr que se deslinden las culpas y los culpables reciban su justo castigo.

5º.-Procurar que los poderes públicos revisen y corrijan le legislación y métodos que posibilitan injusticias como la que nos aflige.